PREGUNTAS DE INTERES
RESPUESTAS
A- ¿Qué trámites tengo que hacer para empezar a jugar al básquet?
- En primer lugar para comenzar con esta actividad tengo que realizar un EMMAC (Estudio Médico de Mediana y Alta Competencia) en cualquiera de los prestadores (detallados más adelante) habilitados por la FCBB (Federación Cordobesa de Básquetbol).
- Como segundo paso tengo que realizar los trámites, para la realización del carnet correspondiente según la edad del jugador, para poder participar de los campeonatos organizados por la ACBB (Asociación Cordobesa de Básquetbol).
- En caso de ser clase ’96 o de menor edad tendrá que realizar el carnet azul. Para realizarlo deberá seguir los siguientes pasos:
- Entregarle al delegado del club:
- EMMAC correspondiente.
- Fotocopia de 1º y 2º hoja del D.N.I.
- 2 Fotos carnet 4 x 4.
- $20 (pesos veinte), que se dividen de la siguiente forma: $12 (pesos doce), para el FNU (Fichaje Nacional Unico), $1 (pesos uno) para el sticker del EMMAC, $2 (pesos dos) para el plastificado del carnet y $5 (pesos cinco) de gastos administrativos.
- Luego el delegado del club le hará entrega del FNU, que deberá ser llenado y firmado por los papas del jugador, debiéndose entregar éste nuevamente al delegado.
- El delegado de la Institución términará el trámite en la ACBB, llevando todo lo nombrado en los puntos anteriores a esta entidad, la que entregará el carnet terminado, 3 días hábiles posteriores a la entrega de la documentación, al delegado.
- En caso de ser clase ’94 / ’95 tendrá que realizar el carnet blanco. Para realizarlo deberá seguir los siguientes pasos:
- Tendrá que dirigirse a la ACBB (Asociación Cordobesa de Básquetbol, ubicada en la calle sucre 55, Centro), acompañado de sus padres (siendo la presencia de estos obligatoria).
- Deberá llevar:
- EMMAC correspondiente
- DNI original.
- Fotocopia 1º y 2º hoja DNI.
- 2 fotos carnet 4 x 4.
- $55 (pesos cincuenta y cinco) en caso de no haber jugado antes, por lo tanto, que no cuentan con el carnet azul.
- $25 (pesos veinte cinco) en caso de tener que realizar el cambio de carnet, del azul al blanco.
La ACBB entregará el carnet terminado, 3 días hábiles posteriores a la entrega de la documentación, al delegado.
B- ¿Cuándo tengo que realizar el carnet blanco?
El carnet blanco debe realizarse, cuando un niño clase ’95 comienza con la práctica deportiva de básquet, o cuando un niño de esta edad pasa de la categoría mini a pre infantil.
El 1º Congreso Nacional de Evaluación Médica para la Mediana y Alta Competencia llevado a cabo en Córdoba, en noviembre de 2001, dispuso a partir del 01/02/02, la implementación obligatoria del EMMAC o Evaluación Médica para la Mediana y Alta Competencia, para todo jugador que se incorpore a la práctica del básquetbol (desde la categoría "mosquito"), y en todo Campeonato, sea de Selecciones y/o Clubes, organizado por la CABB, comenzando a instrumentarse en las Federaciones para sus Torneos Provinciales.
La necesidad del cumplir con un Reconocimiento Médico Deportivo responde, entre otras cosas, a la premisa del Comité de Aspectos Médicos de la American Medical Association que dice que todo atleta tiene derecho a una historia y evaluación clínica previa a la temporada deportiva.
Objetivos del Reconocimiento Médico-Deportivo
1. Valoración del estado de salud del deportista.
2. Detección del nivel de adaptación del deportista al esfuerzo físico.
3. Prevención de lesiones o enfermedades.
4. Oportunidad de integración y participación de deportistas con procesos patológicos.
5. Cumplimiento de requisitos legales y de seguridad para los programas deportivos organizados.
Fuente: www.adjweb.com.ar
D- ¿Cuáles son los prestadores del EMMAC?
| LISTADO DE PRESTADORES HABILITADOS AL 07/03/08 |
| # |
APELLIDO y Nombres |
Domicilio Profesional |
Barrio |
Ciudad |
Celular |
Teléfono Prof. |
|
| 1 |
BENITEZ Nestor Rodolfo |
Roma 201 |
Centro |
Carlos Paz |
03541-155-77804 |
03541-421.935 |
| 2 |
CASASNOVAS Oscar |
Tucumán 467 |
Centro |
Córdoba |
0351-156-825014 |
0351-422.203 |
| 3 |
FRANCHI Lucas Eduardo |
Duarte Quiros 1948 |
Alto Alberdi |
Córdoba |
0351-155-936.860 |
0351-480.4065 |
| 4 |
GRENON Osvaldo |
Duarte Quiros 1948 |
Alto Alberdi |
Córdoba |
0351-156-522.969 |
0351-480.4065 |
| 5 |
PEREYRA Arnaldo del Valle |
Avellaneda 2751 |
Alta Cba |
Córdoba |
0351-155-332.442 |
0351-480.4065 |
| 6 |
RIVERA Jorge |
Fragueiro 2212 |
Alta Cba |
Córdoba |
0351-156-812.657 |
0351-474.4251 |
| 7 |
VERA Juan Carlos |
Av de Mayo 265 |
Libertador |
Córdoba |
0351-156-597.634 |
0351-494.1742 |
FNU (Fichaje Nacional Unico). Es un formulario que firman, por única vez, el jugador de básquet y sus padres, al momento de jugar su primer partido oficial para un club, no importa la categoría a la que pertenezca. Es así que al firmar este formulario, el jugador queda federado e ingresa al circuito de competencias oficiales dentro del territorio de la República Argentina.
F- ¿Cuál es el costo del FNU?
El costo del FNU es de $12, y se hace solamente una vez, al comenzar con la actividad, sea cual fuese la edad del jugador.
Se encuentra Reglamentado con carácter de obligatorio en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba para jugadores (a partir de su iniciación deportiva), Árbitros, Comisionados Técnicos, Entrenadores y Oficiales de mesa, la inscripción de un Seguro de un Seguro de Accidentes Personales (SAP). El carácter de obligatorio significa no poder participar en la actividad deportiva de las Asociaciones de toda la provincia y en la de la Federación de Básquetbol de la Provincia de Córdoba, si no se cumple. Debe agregarse a esta obligación la del Examen Médico para la Mediana y Alta Competencia (EMMAC). Se deja constancia que el pago del arancel del SAP es además el costo del Ticket de Actualización Anual (TAA). El excelente costo de tan importante servicio ($ 12) por año por persona se logró en función del compromiso contraído con La Segunda – Compañía de Seguros, de la registración de todo el personal provincial hasta cubrir 8.000 asegurados. De no cumplirse con dicha base las condiciones del convenio modifican notablemente el costo, siendo imposible su materialización por lo que se solicita la solidaridad, comprensión y cumplimiento.
H- ¿Cómo tengo que actuar en caso de necesitar asistencia médica?
Protocolo para Accidentes Personales
Ocurrido un Accidente que resultare en una lesión de algún jugador, trasladar el mismo a un nosocomio que figure como Prestador, para su inmediata atención, informando el numero de póliza que lo asegura que es: 1098330, o bien presentando la credencial de jugador que otorga la Federación de Básquetbol de la Provincia de Córdoba que lo habilita como jugador.
Dentro del límite de 72 (Setenta y dos) horas, se debe realizar ante la oficina de La Segunda Compañía de Seguros más cercana a su domicilio, la correspondiente denuncia administrativa del accidente, asegurando de esta manera la correcta atención del accidentado ya sea en la parte médica como sanatorial o farmacéutica, presentando los datos del jugador, día, hora, lugar y circunstancia en que se produjo la lesión, y datos del nosocomio donde fue o será atendido. Este plazo máximo de sucedido el hecho al no ser cumplido no hay manera que la Aseguradora se entere del accidente y por lo tanto tampoco podrá cubrir los gastos incurridos en la atención del accidentado.
Si el accidente ocurre por la noche, y/o día viernes, sábado o domingo, el siguiente día hábil se debe concurrir a la oficina de La Segunda más cercana a realizar la denuncia administrativa del Accidente. El accidentado debe presentarse en algunas de las Clínicas que son Prestadoras de La Segunda en la Ciudad en que esta jugando a los fines de ser atendido, y en caso de no poder concretar esta atención por ser feriado o la guardia no conozca e ignore este convenio, o cualquier otra causa y sea imprescindible la atención inmediata del lesionado, pagar la prestación, y solicitar factura legal con detalle pormenorizado de la asistencia recibida, radiografías, electros, etc. que realizaron al accidentado y dirigirse a posterior a la Asociación a la que está afiliado el Club que registra al jugador y presentar la documentación obtenida. La Asociación iniciará el expediente de reintegro y presentará toda la documentación en la Federación de Básquetbol de la Provincia de Córdoba quien a través de su Departamento de Control de Seguro de Accidentes Personales realizará los trámites de reintegro ante La Segunda Compañía de Seguros. Recibido el mismo se enviará a la Asociación iniciadora del Expediente de reintegro a los fines de hacerlo llegar al accidentado y/o su familia.
No se puede trabajar por reintegros, o sea abonar la atención en algún Sanatorio que no sea prestador y luego solicitar el reintegro del gasto, para ello se provee a las distintas Instituciones de un Listado de Prestadores que tienen convenio vigente con la Aseguradora y son Prestadores Directos.
Recordar siempre la suma asegurada máxima para las distintas prestaciones, ya que la cobertura del seguro es:
Atenciones médicas y/o farmacéuticas |
$ 1.500 |
Invalidez total y parcial hasta |
$10.000 |
| Muerte |
$10.000 |
Excediendo estos importes el mismo deberá ser cubierto por el propio jugador.
Para consultas del Padrón de Asegurados, póliza, coberturas e inquietudes:
La Segunda. Tel: 03562/424444, 03562/404444
Dep. Control de SAP – FBPC. Tel: 0351/4282229 – 4248156 – Cel: 0351/155578222.
GUIA PRACTICA ANTE LA OCURRENCIA DE SINIESTROS
En caso que el lesionado requiera atención proceder de la siguiente forma:
Accidentes Graves
Son aquellos que ponen en peligro la vida.
- Llamar al servicio de emergencia que corresponda a la zona (Ver listado).
- Avisar al Centro de Alta Complejidad más cercano al domicilio (Ver listado).
- Ante cualquier consulta comunicarse: 0-800-444-2782 (Centro Coordinador de Atención Permanente) ó al 0-800-777-0036 (La Segunda ART).
Accidentes Leves
Son aquellos posibles de ser atendidos en forma ambulatoria.
- Dirigirse al Centro Asistencial de la Zona (Ver listado Prestadores).
- Ante cualquier consulta comunicarse: 0-800-444-2782 (Centro Coordinador de Atención Permanente) ó al 0-800-777-0036 (La Segunda ART).
Accidentes in Itinere
Son aquellos ocurridos en el trayecto entre el domicilio del jugador y su club.
- Llamar al servicio de emergencia que corresponda a la zona (Ver listado).
- De ser posible concurrir al Centro de Asistencia de la zona (Ver listado).
- Ante cualquier consulta comunicarse: 0-800-444-2782 (Centro Coordinador de Atención Permanente) ó al 0-800-777-0036 (La Segunda ART).
Muerte por Accidente
Son aquellos que terminan con la vida del beneficiario.
- Una vez que el responsable del establecimiento médico toma conocimiento del deceso deberá llamar al servicio de sepelio 011/42079961 ó 011/42076098, quien dará la atención del servicio y requerirá los datos del accidentado.
- Realizado dicho trámite deberá comunicarse con el agente de la zona a los efectos de realizar la denuncia administrativa correspondiente.
Ante cualquier consulta comunicarse: 0-800-444-2782 (Centro Coordinador de Atención Permanente) ó al 0-800-777-0036 (La Segunda ART).
I- ¿Cuáles son los prestadores del SAP?
contenido
J- ¿Qué diferencia hay entre costo de un pase y el derecho de pase?
El derecho de pase es un arancel fijo que estipula la Confederación Argentina de Básquet y que debe pagarse cada vez que un jugador FICHE para otra institución que no sea en la que está registrado.
El costo de un pase es un monto de dinero NO REGLAMENTADO Y PROHIBIDO que solicitan los clubes a aquellos jugadores mayores de 14 y menores de 26 años que no tienen acuerdo de partes o contrato firmado, al solicitar su libertad de acción para pasar a otra entidad.
K- ¿Cúando un jugador es considerado jugador libre?
Cuando vence el contrato o acuerdo de partes que lo vincula al club.
Cuando es mayor de 26 años y no tiene contrato o acuerdo de partes que lo vincula al club.
Cuando deje pasar 2 años sin actuar en partidos oficiales o amistosos.
Cuando el club en el que está fichado no presenta equipo en el campeonato oficial de su Asociación Local.
L- ¿Qué es el COT? ¿Cuándo se firma?
Es un formulario que formaliza el pase de un jugador desde un club a otro. Es el comúnmente llamado "PASE" y se firma cada vez que un jugador cambia de institución. Los COT o PASES pueden ser "definitivos" o "temporarios".
Un COT será definitivo cuando el jugador pasa a otra entidad (club de destino) y se desvincula definitivamente del club en el que estaba registrado (club de origen).
Un COT será temporario cuando el jugador para a otra institución (club de destino), por un lapso de tiempo determinado, vencido el cual retorna automáticamente a la entidad que lo tenía registrado (club de origen).
M- ¿Que sucede cuando un chico cumple 14 años y no firma un acuerdo de partes?
A través de la firma del FNU, queda AUTOMATICAMENTE vinculado al club hasta los 26 años.
N- ¿Pueden los clubes tener derechos sobre los pases de los jugadores menores?
Sí, los jugadores menores de 26 años que no están vinculados al club mediante un contrato o acuerdo de partes, han CEDIDO a través de la firma del FNU, sus derechos federativos para la práctica del básquetbol.
Ñ- ¿Cómo obtener la libertad de acción de un jugador menor de 26 años?
En el caso de los jugadores mayores de 14 y menores de 26 años que no tienen contrato o acuerdo de partes que los vincule al club, deben solicitar el pase a la entidad que los tiene registrados, en tanto es la que posee los derechos sobre la participación y/o pase del jugador que tiene registrado, pudiendo disponer de su liberación, préstamo o continuidad en la institución.
En el caso de jugadores menores de 21 años, este derecho federativo que tiene el club sobre el menor va en contra de los derechos constitucionales. Es así que en los casos en los que el club se niega a otorgar el pase del menor en cuestión, existe la vía del amparo en la justicia para resolver el tema.
Ello no implica que el jugador mayor de 21 años que juega en forma amateur, no pueda intentar una acción judicial en procura de su libertad de acción, basándose en la libertad constitucional que tiene todo individuo de asociarse o no libremente.
O- ¿Cuántos pases a préstamo deben realizarse para quedar libre?
El reglamento de pases prevee 3 pases a préstamo, consecutivos o alternados, para obtener la libertad de acción de todo jugador MAYOR DE 20 AÑOS. No se contabilizan aquellos pases temporarios que se hayan efectuado antes de que el jugador haya llegado a la edad de 20 años.
P- ¿Cómo el club de destino puede liberar al jug. antes del venc. del préstamo?
Solo es necesario que el club de destino firme un nuevo Certificado de Otorgamiento de Transferencia (COT) y devuelva al jugador al club de origen.
Q- ¿Qué es un ACUERDO DE PARTES O CONTRAPASE? ¿cuándo se firma?
Es un contrato que vincula a las partes, jugador y club, por un espacio de tiempo determinado, mínimo de 120 días. Una vez vencido cual, el jugador es automáticamente libre.
La firma de este documento tiene carácter de IMPRESCINDIBLE para todos los jugadores, ANTES DE CUMPLIR LOS 14 AÑOS DE EDAD, que se vinculen a una institución para la práctica del básquetbol, o que habiendo obtenido la libertad de acción de la entidad que los tiene registrados, continúen su práctica deportiva en otra institución.
En caso de no contar con este documento, el jugador quedará vinculado al club para el cual milite, hasta los 23 o 26 años de edad, siendo el club el dueño de su pase.
Cabe aclarar que en este Acuerdo de Partes, solo se indican las fechas en las que el jugador quedará ligado al club y nunca se mencionan otras circunstancias de la relación, tales como el cobro de becas o el otorgamiento de comidas o alojamiento.
R- ¿Quiénes firman el acuerdo de partes?
PRESIDENTE y SECRETARIO DEL CLUB exclusivamente, y los padres del jugador, en caso de menores de 21 años. Los mayores de esa edad están en condiciones de firmar su propio acuerdo.
S- ¿Dónde se consigue el acuerdo de partes?
El acuerdo de partes puede bajarse de esta página o bien retirarlo de la AdJ.
T- ¿A qué edad se sugiere la firma del primer acuerdo de partes?
Para evitar quedar cautivo de las disposiciones reglamentarias, el primer acuerdo de partes DEBE firmarse antes de que el jugador cumpla los 14 años, sea éste el momento en que pase a otra institución o no. Vale decir que, si un jugador juega en un club y la semana que viene cumple 14, DEBE firmar el acuerdo de partes, aunque no tenga intención de pasar a ningún otro club. En ese caso, los padres completan el formulario y solicitan en el club la firma del acuerdo. Mínimo 2 copias, una para el jugador y la otra para el club.
U- ¿Qué sucede si el club no firma acuerdo de partes al cumplir el chico 14 años?
Insistimos en que para evitar quedar cautivo, el jugador deberá pasar a otro club y seguir el mismo procedimiento de la firma del acuerdo.
El jugador deberá firmar un COT para otra entidad con el respectivo acuerdo de partes, e ingresar en la Federación, la documentación del pase, antes de los 14 años. Si así no lo hiciere quedará automáticamente vinculado al club de origen.
V- ¿Cuál es el mínimo de permanencia en un club antes de hacer un nuevo pase?
El tiempo mínimo entre dos pases es de 120 días.
W- ¿Qué pasa cuando se vence un pase a préstamo?
El jugador debe volver a la entidad que lo prestó, a menos que ésta efectúe un nuevo préstamo por un nuevo período.
X- ¿Qué pasa al vencerse un acuerdo de partes? ¿Qué sucede si sigo en el club?
Cuando se vence un Acuerdo de Partes el jugador es automáticamente libre por lo que debe firmar un nuevo acuerdo o convenio que lo ligue a la entidad. Si el jugador participa de algún partido oficial sin haber firmado un nuevo acuerdo, quedará vinculado y cautivo en el club hasta los 26 años.
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